29/07/2018@09:00:00
El Ayuntamiento de Arona defiende la existencia de un posible delito de homicidio imprudente, penado en el artículo 142 del Código Penal, y muestra su desacuerdo con el argumento de que existe dificultad para dirigir la imputación de una forma clara sobre uno o varios sujetos objetivos, al tiempo que solicita que se investigue la potencial responsabilidad de la entidad bancaria que realizó las primeras obras, la empresa que las ejecutó, así como los trabajos posteriores puestos en marcha por una empresa de venta de cosméticos y el profesional que se encargó de su supervisión