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Repensar el calendario escolar: Éxito Educativo y Salud

sábado 27 de enero de 2024, 22:48h
Por CONFAPA CANARIAS

1.- La Consejería del “nosotros” no incluye a las familias

Una vez más los y las representantes de las asociaciones de madres y padres de alumnado (Ampas) de Canarias nos enteramos de las decisiones de los responsables de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes por los medios de comunicación social. Aunque desde que se inició el nuevo mandato los dirigentes repiten incansablemente que se trata de la Consejería del “nosotros” donde se tienen en cuenta las posturas de todos los sectores que componen la comunidad educativa en aras del consenso, lo cierto es que de todas las decisiones las familias nos enteramos por la prensa. La Consejería del “nosotros” no incluye a las familias. Paralelamente, las familias reciben reproches cuando, al no encontrar respuesta de la administración acuden a los medios de comunicación.

Una vez más las familias no hemos sido consultadas sobre este cambio de criterio con respecto a la jornada reducida (no entendemos la expresión intensiva en este caso) en el mes de junio que implica restar una hora lectiva a todos los cursos de Educación Infantil y Primaria.

Tampoco conocíamos, ni hemos tenido acceso, al documento de suspensión cautelar de lo recogido en la Resolución de 4 de abril de 2023 de la Dirección General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa por la que se establece el calendario escolar y se dictan instrucciones para la organización y desarrollo de las actividades de comienzo y finalización del curso 2023/2024, para los centros de enseñanzas no universitarias de la Comunidad Autónoma de Canarias, en cuya redacción no se contempla la jornada reducida para el mes de junio de 2024.

2.- Presión de las familias

Rechazamos cualquier argumento que se justifique en la “presión de las familias”.

Los y las representantes de las asociaciones de madres y padres del alumnado (Ampas) no cuestionamos los derechos laborales, ni sindicales, ni funcionariales de las plantillas de la Consejería de Educación, ni de los docentes, ni del PAS. Es más, nos sumamos a todas las reivindicaciones que tienen por objetivo garantizar el cumplimiento de esos derechos y condiciones laborales, también de las obligaciones, por cuanto redundan en la consecución de los objetivos del sistema educativo.

Pero las familias, como miembros de pleno derecho de la comunidad educativa, podemos y debemos cuestionar el calendario escolar y su diseño siempre que no se tenga en cuenta prioritariamente los derechos de uno de los sectores que componen la comunidad educativa, especialmente el del alumnado..

Los argumentos que los claustros docentes y los equipos directivos esgrimen para justificar la necesidad de la jornada reducida, tanto en el mes de septiembre, como en el de junio, se enmarcan en criterios organizativos y de exceso de carga burocrática, tareas que, según demandan los propios sindicatos docentes “se pueden hacer dentro o fuera de los centros educativos”. Y, en consecuencia, es constatable que la mayor parte de los docentes se ausentan de los colegios durante esa hora que se resta a la jornada lectiva durante el horario reducido.

Lo que las familias defendemos es un sistema en el que el alumnado y su éxito educativo sea el eje sobre el que pivoten todas las medidas organizativas, y no entendemos en qué le beneficia que se reste una hora lectiva en un calendario escolar, al que de por sí ya le faltan horas para poder abarcar las programaciones didácticas de cada materia. El cumplimiento de los derechos laborales de los docentes (días de libre disposición, horario reducido, vacaciones, etcétera) no puede suponer un menoscabo de los derechos del propio alumnado, y estamos en condiciones de afirmar que las programaciones anuales no se cumplen, no se abarcan con garantías todos los conocimientos y competencias que el alumnado debería adquirir en cada materia y en cada curso, una de las posibles causas de los pésimos resultados de estudios como PISA. Y la razón es la falta de tiempo.

¿Por qué es precisa esta reducción horaria en Infantil y Primaria y no el resto de las etapas educativas? ¿Tienen menos carga burocrática los docentes de Secundaria, o están mejor organizados? Preguntamos, no afirmamos. Tratamos de entender el sistema.

3.- Incidencia los horarios de comidas

Hay dos tipos de horario en las escuelas. En unos centros la jornada lectiva es de 08:30 a 13:30 horas, y en otros de 09:00 a 14:00 horas. La reducción horaria implica que el servicio complementario de comedor se preste una hora antes (a partir de las 12:30 o 13:00 horas, según el centro).

Desde la pandemia del COVID 19, en algunos centros, la organización por turnos del comedor ya implica durante todo el curso escolar restar una hora lectiva al alumnado de Educación Infantil, el primero en acceder al comedor. En estos casos la reducción horaria supone que este alumnado entre al comedor antes de las 12:00 horas.

También incide en el alumnado de Aula Enclave. En la programación de las Aulas Enclave, el alumnado hace el almuerzo dentro del horario lectivo, pues se considera materia curricular. Se destina para esta materia la última hora lectiva de cada jornada. El alumnado de Aula Enclave hace el almuerzo a las 12:30 o a las 13:00 horas. Con el horario reducido esto pasa a ser a las 11:30 o 12:00 horas.

En líneas generales implica que el resto de alumnado de Primaria almuerce antes de las 14:00 horas.

¿Se ha analizado la incidencia que estos cambios horarios tienen en la alimentación del alumnado y el escaso margen que hay entre el desayuno de media mañana y la hora del almuerzo?

4.- Alumnado NEAE

En el gran abanico de condiciones que engloba al alumnado NEAE, y especialmente en el caso del alumnado TEA, la rutina, la adaptación y la flexibilidad, son cuestiones clave en su proceso educativo, por lo que se les debe tener especialmente en cuenta en el diseño de los horarios escolares.

5.- Conciliación

Creemos que no es siquiera necesario incidir en los inconvenientes que esta organización horaria supone para la conciliación de las familias y para los servicios y actividades que, sin ser su competencia, organizan las Ampas para poder facilitar esa conciliación. La conciliación se paga, no es gratuita, las familias deben abonar cada hora que el alumnado permanece en el centro en servicios de conciliación o actividades extraescolares que, en la mayor parte de los casos, organizan las propias familias. Por tanto, entendemos que el derecho de reducción horaria que tienen los docentes en Infantil y Primaria afecta negativamente a la organización familiar y también a su economía. Entendemos que el cumplimiento de los derechos laborales de los docentes y su derecho a la negociación de sus condiciones laborales en base al artículo 37 del EBEP, no puede suponer un menoscabo de los derechos de las personas administradas, en este caso del alumnado y sus familias e, incluso, de su economía familiar.

Conclusión: Entendemos que urge reconsiderar las razones por las que la jornada de junio dejó de ser intensiva así como, en general, todo el calendario escolar. Y que su nuevo diseño pivote sobre el Derecho a la Educación del alumnado de tal manera que los horarios estipulados se basen en criterios que equilibren la salud y el éxito educativo.

El presidente de la Confederación de federaciones de asociaciones de madres y padres de alumnado de Canarias, CONFAPA CANARIAS

Pedro Fco. Gil López

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