Sí. Se trata del testamento ológrafo, para el cual no es necesaria la intervención de notario ni de testigos.
Cualquier persona que se encuentre en plenas facultades mentales y sea mayor de edad puede llevarlo a cabo.
Para que sea válido tendremos que seguir los siguientes requisitos:
- Ha estar escrito en su totalidad a mano por el testador, utilizando su letra habitual.
- Debe contener expresamente la intención de testar, por ejemplo, debería incluir alguna expresión tal como "Yo, don xxx, deseo conceder testamento a través de este documento..."
- El testador deberá identificarse con su nombre y apellidos.
- Es necesario dejar constancia de la fecha en la que se realiza, día, mes y año (cuidado porque este requisito es indispensable para que el testamento no sea inválido).
- Debe incluirse la firma del otorgante.
Os aconsejamos que en caso de ser varias las hojas utilizadas, se plasme la fecha, firma y nombre en todas ellas para evitar que surjan dudas sobre la autenticidad o alcance del testamento.
También es muy importante que se informe de su existencia y del lugar donde se encuentra a una o varias personas de confianza para que no se pierda o destruya tras el fallecimiento del testador.
Cuando se produzca el fallecimiento, los herederos o quienes tengan en su poder el documento, deberán depositarlo en la notaría más cercana al último domicilio del fallecido, para protocolizarlo y hacerlo efectivo.
Eva de la Cruz, directora de Dalia Abogados