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La pura venganza

viernes 23 de septiembre de 2016, 02:00h

Si algo caracteriza, al menos en teoría, a los sistemas penales de los regímenes democráticos, es la superación de la venganza como retribución a los delitos, inclusive de aquella que era proporcional al daño causado por el delincuente, del ‘ojo por ojo, y diente por diente’, o sea, de la Ley del Talión, primer sistema de limitación de las penas, que los de mi generación conocíamos por la Historia Sagrada.

El humanismo cristiano occidental introdujo conceptos como el perdón –la redención de penas y la reinserción responden a dicha filosofía- y la sociedad democrática los asimiló y desarrolló.

En la mayor parte de países de nuestro entorno cultural las penas formales han suprimido los tratos degradantes y, por supuesto, se ha abolido la pena de muerte. Sus constituciones consagran los principios del orden penal, encaminados a la recuperación del individuo para la sociedad. Luego, el sistema funciona unas veces mejor y otras peor, pero en general la imposición de condenas responde a un esquema racional, salvo en algunos llamativos y mediáticos casos en que aparecen incoherencias que denotan tratos muy severos o muy blandos para con el reo.

Pero lo que definitivamente se escapa a todo control democrático o legal es el paralelo sistema de sentencias y penas no formales que se ha venido construyendo al socaire de las facultades que la fase de instrucción de los procedimientos judiciales otorga a policía, fiscales y jueces y también al amparo del derecho de información vigente.

Así, en los últimos años hemos asistido a situaciones en las que, con la tolerancia, o quién sabe si en alguna ocasión con algo más, de las autoridades, se producían verdaderos linchamientos mediáticos de personas detenidas o imputadas en procesos incoados para averiguar la existencia de presuntos delitos de corrupción. Pero es que, además de esta pena, llamada popularmente ‘del telediario’, injusta como cualquier otra presunción de culpabilidad, formal o informal, se han dado también múltiples casos de imputaciones sin la más mínima base indiciaria, más allá de la mera proximidad física u orgánica de los sujetos en cuestión con aquellos individuos que eventualmente eran los realmente responsables de un comportamiento corrupto legalmente perseguible. En bastantes supuestos, se han dado multiimputaciones que parecían responder más una mera argucia o atajo táctico para culpabilizar a los ‘peces gordos’ de cada asunto en concreto, que a un interés público real por investigar a esos imputados. A ver si hay suerte, cantan e implican a quien realmente interesa acusar, con el riesgo de delaciones falsas o meramente exculpatorias para el delator.

Y, curiosamente, al llegar fechas cercanas al juicio oral o incluso en el desarrollo del mismo, muchos de estos imputados por ‘adherencia’ ideológica o personal han sido descargados de toda sospecha. Eso sí, se han pasado cinco, siete años sin dormir, preguntándose qué maldita ley habían vulnerado sin darse cuenta y, por supuesto, arrepintiéndose no solo de haber sido seguidores de una determinada ideología, sino también maldiciendo el día en que decidieron dejar sus puestos en la empresa privada o en su negocio personal para convertirse en servidores públicos.

Si nuestro sistema democrático no lo ataja de raíz, corremos el riesgo de que este sistema punitivo paralelo acabe siendo más lacerante que el formal, es decir, que retrocedamos a la primitiva era de la pura venganza, como ocurre en otros ámbitos de nuestro planeta de los que presumimos distinguirnos.

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