Nueva rebaja de condena por la ley del solo sí es sí. La Audiencia de Palma ha rebajado de nueve a ocho años la condena a un hombre que violó a una joven en 2015 y con la que contactó a través de la red social Badoo
La Audiencia de Palma, con la entrada en vigor de la ley del sí es sí, ha acordado rebajar de nueve a ocho años de prisión a un hombre condenado por agredir sexualmente en 2015 a una joven con la que contactó a través de la red social Badoo.
En un auto, la sección primera de la Audiencia de Palma se ciñe al criterio establecido por el Tribunal Supremo y, de acuerdo a la nueva normativa, el condenado ve rebajada su pena de prisión de nueve a ocho años.
La Fiscalía rechazó la revisión de la condena solicitada por el abogado de la defensa, al considerar que los nueve años de prisión entraban dentro de la pena que le podrían haber impuesto en la actualidad.
Los hechos se remontan a diciembre de 2014, cuando el hombre, de origen marroquí, se abrió una cuenta en la red social Badoo bajo un nombre ficticio.
Unos meses después, el procesado contactó con la víctima y se citaron para mantener relaciones en el domicilio de ella. La mujer comprobó que la persona con la que se encontraba no era la misma que aparecía en la aplicación y por ello le pidió que se marchara.
Poco después, con otro perfil, el hombre envió mensajes a la víctima diciéndole que era un amigo del otro hombre y que había visto un vídeo en el que aparecía desnuda, bajo la amenaza de publicarlo en internet si no se ponía en contacto de nuevo con su amigo.
Tras acceder, el agresor sexual volvió al domicilio de la mujer, donde la violó. Por estos hechos, el hombre fue condenado a nueve años de prisión, si bien la ley del sí es sí ahorra un año de cárcel al autor de los hechos.