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Autocaravanistas, caravanistas, vehículos vivienda

Jueves 11 de marzo de 2021
Por P.A.C.A

En calidad de presidente y responsable de la asesoría Jurídica de la mayor Asociación de España e Icono del autocaravanismo, siendo la única asociación de autocaravanas que presento ante el Senado la Moción del GT-53, de donde salió la Instrucción08/V-74, sufragada con gastos de los Socios de nuestra asociación.

El día 03 de julio de 2019 se tuvo una primera entrevista por video-conferencia. El día 18 de septiembre de 2020, la Plataforma de Autocaravanas P.A.C.A. mantuvo una reunión presencial con el Director General de Planificación Territorial, Transición Ecológica y Aguas del Gobierno de Canarias, D. Victor Navarro, Dn ª. Sandra de León (responsable de Gestión y Planteamiento Territorial Medioambiental) y Secretaria del Director General.

El objetivo fue la elaboración de una Guía Metodológica para el Autocaravanismo o turismo itinerante en Canarias, que recoja la regulación del estacionamiento temporal o itinerante, la ordenación de los espacios públicos y privados, a través del establecimiento de las áreas de servicios o de acogida de las caravanas, autocaravanas y campers, con la finalidad de preservar los recursos y espacios naturales, garantizar la seguridad de las personas y la debida rotación y distribución equitativa de los aparcamientos públicos entre todas las personas usuarias de las vías públicas y el cumplimiento de la prohibición de la acampada libre; Guía que se enviará a todos los municipios de Gran Canaria que les sirva como referencia.

Desde ese día, hemos mantenido más reuniones de estrecha colaboración donde formamos una mesa de trabajo y aportamos documentación, dosieres Legislación y toda ayuda para poder avanzar en el autocaravanismo, caravanismo y vehículos vivienda.

Es obvio, que precisamente a este Departamento no se le ha solicitado que retiren señalización alguna o que sea de obligado cumplimiento la Instrucción 08/V-74 de la que somos “Padres” junto a Aseicar, por no ser procedente, no tener competencia alguna y una Instrucción NUNCA puede ser de obligado cumplimiento, ya que es un MERO consejo o Directriz.

EL PRESDIENTE

Jesús Gallado Ramírez


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