Con el cambio del contrato de gestión -formalizado mediante una Orden del titular del departamento, Román Rodríguez, al tratarse de objetivos de actividad, no estratégicos-, se persigue dotar al sistema de mayor flexibilidad, dado que las consecuencias de la crisis no pueden evaluarse en su totalidad, y establecer nuevos indicadores con los que medir la actividad desarrollada por la Agencia para avanzar hacia una administración más eficaz y eficiente y, de forma paralela, incentivar que los contribuyentes cumplan sus compromisos correctamente sin dar lugar a actuaciones ejecutivas.
El sistema de dirección por objetivos implantado en la Agencia Tributaria Canaria desde su creación por Ley 7/2014, de 30 de julio, como ente de Derecho público con autonomía de gestión, tiene encomendada la aplicación del sistema tributario canario. No obstante, la actividad de la ATC no se limita a la realización de actuaciones de control y recaudación, sino que además está centrada en prestar un servicio público esencial y en la satisfacción de las expectativas de la ciudadanía, objetivos que se plantean de modo más ambicioso con la Orden suscrita por el consejero de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos.
Por ello, entre los indicadores contemplados con esta modificación del modelo de gestión, se pretende la mejora de la calidad de los servicios de asistencia a los contribuyentes, potenciando la asistencia no presencial; la agilización de la tramitación tributaria reduciendo los tiempos de tramitación de los procedimientos; la prevención y control del fraude con actuaciones encaminadas a la detección del fraude tributario y a la regularización de obligaciones tributarias potenciando su carácter voluntario; y con respecto a las actuaciones recaudatorias, mejorar la gestión y el control de deudas realizada por la ATC.
Estos nuevos indicadores se contemplan en detalle en el Plan de Acción de la ATC para el 2020.