SOCIEDAD

Actividades no esenciales en el estado de alarma

Redacción | Domingo 29 de marzo de 2020
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció este sábado la paralización de todas aquellas actividades consideradas como “no esenciales” para la economía del país desde este próximo lunes y hasta el 9 de abril.

Esta decisión supondrá que todos aquellos trabajadores que no entren dentro de esa categoría deberán quedarse en casa, aunque mantendrán el sueldo vía un “permiso retribuido” que, sin embargo, obligará a recuperar las horas más adelante.

A la hora de fijar cuáles son las actividades consideradas esenciales, el presidente remitió al decreto por el que se declaró el estado de alarma y en el que se determinaron las actividades que dejaban de llevarse a cabo y las que se restringían.

Estas actividades, a falta de concreción este domingo en el Consejo de Ministros extraordinario y de acuerdo al decreto, son las siguientes:

- Se suspende la apertura de bares, establecimientos de restauración, discotecas, instalaciones culturales, de ocio, recintos deportivos, parques de atracciones, auditorios y se prohíben las verbenas, desfiles, fiestas populares y manifestaciones folclóricas en recintos abiertos y vías públicas.

- Los comercios cuya actividad permite el decreto son tiendas de alimentación, farmacias, centros médicos, peluquerías y tintorerías -posteriormente sujetas a restricción-, ópticas, ortopedias, tiendas de alimentación de animales domésticos y tecnología.

- Además, el decreto protege actividades de abastecimiento y de suministro de energía eléctrica, de productos derivados del petróleo y gas natural.

- Sigue el transporte público, aunque sujeto a restricciones en la oferta.

- El propio Sánchez ha indicado en rueda de prensa que los medios de comunicación son considerados actividad esencial.

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