A la primera, por valor de 365.301 euros por superar los tiempos máximos de emisión de publicidad en el periodo de diciembre 2018 a febrero 2019 a través de mensajes publicitarios.
ATRESMEDIA, por valor de 3.689,40 euros, por el mismo concepto durante noviembre 2018.
Dichas cadenas podrán interponer recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional, y caso de ser estimado, verían reducidas tales sanciones.
Vuelve a plantearse la escasa cuantía sancionadora en relación a las percepciones por publicidad, y el escaso alcance para las mismas en sus cuentas de resultados.
Por otro lado, distintas compañías de telefonía como: TELEFÓNICA; VODAFONE; VODAFONE ONO; ORANGE Y XFERA se han visto sancionadas con una totalidad de 192.000 euros, por no proporciona datos de sus abonados, a fin de que los servicios de emergencia – 112 - cuenten con datos actualizados a través de la plataforma informática: SGDA.
Al respecto, el pasado 25 de Julio, la Comisión Europea procedió a la apertura de un Procedimiento de Infracción contra España y otros Estados Miembros, por no haber ejecutado de manera efectiva las normas sobre el número de emergencia 112.