La medida gubernamental supone una modificación de la disposición de la Ley de Sociedades de Capital, aprobada en 2015, que establece que "el órgano de administración será competente para cambiar el domicilio social dentro del territorio nacional", salvo disposición contraria de los estatutos, como ocurría en el caso de Banco de Sabadell, que ya pudo aprobar este jueves su cambio de sede social a Alicante.
Con la nueva modificación se elimina la salvedad de los estatutos de CaixaBank, de forma que se facilita que pueda cambiar su domicilio social sin necesidad de pasar por la junta de accionistas. CaixaBank ha reiterado durante los últimos días que "tomará las decisiones necesarias, en el momento oportuno", para hacer prevalecer los intereses de sus clientes, accionistas y empleados, ante la situación de desamparo en que puede quedar ante una eventual declaracion de independencia de Cataluña, que la dejaría fuera de la Unión Europea y, por consigueinte, fuera del paraguas del euro y el amparo del Banco Central Europeo.
Antes de la concentración bancaria de las últimas décadas, Caixabank tiene su origen histórico en la Caja de Pensiones para la Vejez y de Ahorros de Cataluña y Baleares, posteriomente, la Caixa.
El cambio de sede social no tiene efectos en clientes ni trabajadores. El principal cambio se produce en el apartado de los impuestos. El cambio a otra comunidad tiene efectos directos en la recaudación del impuesto de actividades económicas (IAE) que recauda el ayuntamiento, y del impuesto de transmisiones patrimoniales, que al tratarse de un impuesto cedido, recaudan las comunidades. En este caso, nuevas recaudaciomes para el Ajuntament de Palma y el Govern balear.