Y en concreto me refiero a la gestación por sustitución o maternidad subrogada , se trata de una violación de la dignidad y los derechos fundamentales tanto de la madre gestante como del hijo concebido, al tratar a la mujer como si fuera una “fábrica de producir bebés” y a su hijo como un objeto de tráfico comercial.
El Parlamento Europeo ha condenado duramente la práctica de la subrrogación de los vientres de alquiler, sin pararse a mostrar distinciones entre alquilar un vientre de forma “altruista” o con “ánimo de lucro”. El 5 de abril de 2011, el Parlamento Europeo, mediante una resolución, pidió a los Estados miembros que reconocieran el grave problema de la subrogación, la cual constituye una explotación del cuerpo femenino y sus órganos reproductivos.
Más recientemente, el Informe Anual sobre los Derechos Humanos y la Democracia en el mundo 2014 y la política de la Unión Europea en la materia, aprobado por el Pleno del Parlamento Europeo el 30 de noviembre de 2015, mencionaba “Condenamos la práctica de la maternidad de alquiler, puesto que atenta contra la dignidad humana de la mujer desde su cuerpo y sus funciones reproductivas puesto que se utiliza como una mercancía.Consideran que la práctica de la subrogación gestacional que implica la explotación de reproducción y el uso del cuerpo humano con fines de lucro o de otro tipo, en particular en el caso de las mujeres vulnerables en los países en desarrollo, estará prohibida y tratado como una cuestión de urgencia en los instrumentos de derechos humanos.”
Sería bueno , pues, la prohibición de la inscripción en el Registro Civil de los niños nacidos mediante la gestación por sustitución como medida disuasoria eficaz frente a esta práctica que atenta directamente contra la dignidad y los derechos humanos de la mujer y los niños.