03/09/2020@18:46:56
La multa por duplicar el aforo permitido en determinados actos y alcanzar más de 150 asistentes se establece entre los 60.001 y los 600.000 euros. La norma tipifica, además de las infracciones muy graves, otras calificadas como graves (con multa de 3.001 a 60.000 euros) y las leves desde los 100 hasta los 3.000 euros), así como prescripciones y sanciones adicionales