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Actividades no esenciales en el estado de alarma
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Actividades no esenciales en el estado de alarma

Por Redacción
domingo 29 de marzo de 2020, 10:45h
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció este sábado la paralización de todas aquellas actividades consideradas como “no esenciales” para la economía del país desde este próximo lunes y hasta el 9 de abril.

Esta decisión supondrá que todos aquellos trabajadores que no entren dentro de esa categoría deberán quedarse en casa, aunque mantendrán el sueldo vía un “permiso retribuido” que, sin embargo, obligará a recuperar las horas más adelante.

A la hora de fijar cuáles son las actividades consideradas esenciales, el presidente remitió al decreto por el que se declaró el estado de alarma y en el que se determinaron las actividades que dejaban de llevarse a cabo y las que se restringían.

Estas actividades, a falta de concreción este domingo en el Consejo de Ministros extraordinario y de acuerdo al decreto, son las siguientes:

- Se suspende la apertura de bares, establecimientos de restauración, discotecas, instalaciones culturales, de ocio, recintos deportivos, parques de atracciones, auditorios y se prohíben las verbenas, desfiles, fiestas populares y manifestaciones folclóricas en recintos abiertos y vías públicas.

- Los comercios cuya actividad permite el decreto son tiendas de alimentación, farmacias, centros médicos, peluquerías y tintorerías -posteriormente sujetas a restricción-, ópticas, ortopedias, tiendas de alimentación de animales domésticos y tecnología.

- Además, el decreto protege actividades de abastecimiento y de suministro de energía eléctrica, de productos derivados del petróleo y gas natural.

- Sigue el transporte público, aunque sujeto a restricciones en la oferta.

- El propio Sánchez ha indicado en rueda de prensa que los medios de comunicación son considerados actividad esencial.

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