La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha rechazado la petición de la Generalitat de Catalunya de suspender de forma cautelar el acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos del pasado 21 de julio, por el que el Ejecutivo catalán tenía que entregar semanalmente un informe de sus gastos. El objetivo era acreditar que la Generalitat no dedica un solo euro público al referéndum.
La Generalitat presentó un recurso contencioso contra este acuerdo y este viernes, la Sala Tercera considera que aplicar el acuerdo recurrido no causa un perjuicio irreparable ni imposibilitaría ejecutar una hipotética sentencia anulatoria, por lo que no se dan los parámetros propios que recoge la doctrina del Supremo para adoptar una medida cautelar.