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Dios los cría y ellos se juntan

Por Miquel Pascual Aguiló
sábado 05 de noviembre de 2016, 01:48h

Ramón Espinar Merino, otro de los podemistas que se pasa los días, desde que amanece hasta que oscurece, y más allá, dando lecciones de ética, le acaban de encontrar con las manos en la masa o como dijo el cabecilla de la trama Gürtel, Francisco Correa, durante su declaración como acusado “Me han pillado con el carrito del helado, tengo dinero en Suiza".

Pues bien, el lince inmobiliario, compareció en rueda de prensa para explicar la venta de un piso de protección oficial que le reportó una plusvalía de 30.000 euros, ¡debe ser un verdadero lince!, la revalorización que logró fue del 20,5% en tan sólo 9 meses, una verdadera hazaña, ¡Espinar logró un beneficio desorbitado justo en una época de depresión del mercado inmobiliario!. Recordemos que fue en el año 2011, uno de los peores momentos de la crisis, justo antes de la explosión del Movimiento 15-M, y lo difícil que era obtener plusvalías sin engaños, a no ser que hablemos de un pelotazo inmobiliario, porque resulta que el precio medio de la vivienda durante el segundo trimestre de 2011 (fecha de venta del piso de Espinar) cayó en España un 6,8%, según el INE, por lo que el pelotazo de Espinar, por tanto, es un pelotazo contracorriente, lo que le proporciona una característica doblemente especulativa, de capitalista agresivo.

Un verdadero lince, porque mientras que la mayoría de los estudiantes españoles tenían que emigrar, que salir al extranjero a buscar trabajo, temiendo no encontrar nunca un empleo, o, al menos, a medio plazo, Espinar creía que podía optar a “un curro” enseguida y además bien pagado nada más terminar sus estudios.

En plan chulo barriobajero no quiso aclarar inicialmente de dónde había sacado los 52.000 euros de pago inicial para comprar la casa si se encontraba en paro: "No tengo que dar explicaciones sobre de dónde saco mi dinero", para luego cambiar de opinión y decir que el desembolso inicial para acceder a la vivienda vino de un préstamo familiar que devolvió cuando vendió el inmueble, “El dinero me lo dieron mi padre, mi madre y mi abuela con sus ahorros”.

“Las mentiras tienen las patas muy cortas”, "Más rápido cae un mentiroso que un cojo" y "Para decir mentiras y comer pescado hay que tener mucho cuidado", el acervo popular es rico en calificar a un embustero.

Dijo lo del préstamo, como salida más corta y que fuera creíble pero sin documentarlo de ninguna forma, lo lógico y legal hubiese sido documentarlo como dice la normativa que abajo expondré, porque si no se hace hacienda puede considerarlo una donación que está sujeta al impuesto de sucesiones y donaciones y están obligados al pago del impuesto a título de contribuyentes, el donatario o la persona favorecida por la donación, en este caso Espinar hijo de entre un 7,65% y un 13,60%, (para que fuera menos la infracción tributaria que ha realizado ha dicho que le dejaron el dinero entres tres personas).¿Actuará hacienda de oficio?, ¿Lo dejará pasar sin multarlo?.

Si unos padres o unos abuelos dejan dinero a un hijo o nieto, deberían documentar tal operación formalizando un documento de préstamo bien en escritura pública o bien en documento privado. En ambos casos, y sobre todo si se formaliza en documento privado, debería presentarse ese documento ante la correspondiente Hacienda Autonómica autoliquidando el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, pero sin pagar nada, ya que es una operación exenta (artículo 45.I.B.15 Real Decreto Legislativo 1/1993 de 24 de septiembre, Ley ITP y AJD). De esa manera, con el sello de la Hacienda Autonómica, el documento privado tendrá, al menos, una fecha fehaciente, con efectos frente a cualquier otra Administración Tributaria o tercero, ¿existe este documento en el presente caso?, ¿fue un préstamo o una donación?.

En la escritura pública o en el documento privado de préstamo (pasado por Hacienda) se pactarían unos intereses o bien la gratuidad del préstamo, así como la forma y plazo de devolución, en función de la edad del prestamista y del prestatario, de la capacidad de devolución del prestatario según sus rentas, etc. También resultaría muy conveniente que la entrega del dinero prestado así como las amortizaciones del mismo (y, en su caso, pago de intereses), queden muy claras a través de movimientos o transferencias bancarias. ¡Muy feo pinta este préstamo y huele que da vomitera!.

Por otra parte, también es importante como medio de prueba que las personas obligadas a presentar declaración por el impuesto sobre el patrimonio reflejen el préstamo en dicha declaración, el prestatario como una deuda y el prestamista como un derecho de crédito, declarando el saldo correspondiente a 31 diciembre de cada año, que lógicamente se irá reduciendo en función de las amortizaciones. ¡Nada de todo esto se hizo, porque si se hubiese hacho ya habría sacado la documentación!.

En un tuit del año 2014, Espinar, también portavoz de la Comisión Anticorrupción de la Comunidad de Madrid abogaba por “pasar de concebir la vivienda como una inversión-pelotazo a pensarla como derecho”. Toda una declaración de principios, en la boca de un especulador confeso.

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