Al menos 12 condenados por abusos sexuales se han beneficiado ya la revisión de condenas que la 'ley del solo sí es sí' de Irene Montero permite y 5 han sido excarcelados.
Para entender lo que está pasando debemos tener en cuenta que uno de los principios básicos del derecho penal es que si una persona es condenada por cualquier delito a una pena determinada y posteriormente se lleva a cabo una modificación de la pena asociada a ese delito, el reo tiene el derecho a acogerse a los beneficios que esa modificación pudieran suponer para él.
Y eso es lo que está sucediendo con la 'ley del solo sí es sí' y que ha supuesto que en la misma el delito de agresión sexual absorba al de abuso sexual, es decir, que un delito que hasta ahora recogía una conducta más grave (pena mínima más alta) ha incorporado una de menor gravedad (pena mínima más baja) y ello ha supuesto la rebaja de esas penas mínimas (aunque la horquilla de penas -es decir, el abanico entre el mínimo y el máximo de años a que puede ser condenado una persona atendiendo a las circunstancias concretas del caso- también se ha ampliado para abarcar todo el abanico de comportamientos penados ahora como agresión sexual).
Por lo tanto, si un individuo había sido condenado a una pena mínima y la misma ahora ha sido rebajada debido a la fusión de esos dos delitos, el reo tiene derecho a acogerse al beneficio que esa modificación le supone y a que se le reduzca la pena. Por esta misma razón no todos los condenados pueden beneficiarse de la reforma pues si incluso aplicando la misma a sus casos se confirma la condena, no hay beneficio posible (por ejemplo, cuando no han sido condenados a la pena mínima).
Entre los casos de revisión de sentencia y rebaja de pena se han confirmado cuatro en Madrid, dos en Baleares, dos en Galicia, una en Andalucía, una en Castilla y León, una en Castilla La Mancha y una en Murcia. Cinco de estos 12 casos han conllevado la excarcelación de los condenados: dos de Baleares, dos de Madrid y uno de Galicia.
En sus resoluciones, los magistrados han indicado que las rebajas responden a la aplicación de la nueva ley y han precisado que aunque la normativa no aclara si debe ser o no aplicada a procedimientos en trámite o con sentencia firme, el propio Código Penal indica que "tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo".
REUNIÓN EN LA AUDIENCIA DE MADRID
En los tribunales de Madrid se han revisado cuatro sentencias en las que finalmente han rebajado las penas de prisión. En uno de los casos, se rebajó en hasta cinco años la pena impuesta antes de la ley. En los otros tres se rebajaron en dos años. En dos casos resultaron excarcelados.
Fuentes jurídicas han precisado que la Audiencia Provincial de Madrid se enfrenta a decenas de revisiones de condena. Por ello, los presidentes de sus quince secciones penales han acordado reunirse el viernes 25 para "unificar criterio".
Las fuentes consultadas han subrayado que el cónclave ya estaba fijado con anterioridad a la polémica suscitada porque es lo habitual cuando hay un cambio legal sustantivo.
REVISIONES EN SEIS CCAA
Entre los casos de reducción de condena consta que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia ha ratificado una condena a un acusado por una tentativa de agresión sexual a una mujer de 2020. El tribunal, sin embargo, ha modificado la pena impuesta porque resulta "más favorable" para el reo aplicar la 'ley del solo sí es sí'. Así, ha rebajado la pena de 4 años y 6 meses a 3 años y 1 día de prisión.
A raíz de la ley impulsada por Igualdad, la Audiencia Provincial de Baleares ha ordenado la excarcelación inmediata de dos presos que cumplían una pena de tres años de prisión por dos agresiones sexuales sin penetración tras revisar los dos casos.
Asimismo, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha rebajado en dos años la pena de prisión impuesta a un hombre que violó en Cambre a una mujer a la que conoció por la red social Tinder. Los tribunales ya han rebajado al menos 12 condenas de abuso sexual por el 'sí es sí' y excarcelado a 5 personas
Las fuentes jurídicas han apuntado que en Castilla y León, en la Audiencia Provincial de Segovia, se han revisado cuatro sentencias ejecutorias sobre delitos sexuales y se ha modificado una de ellas. En este caso, se ha rebajado la pena de 12 años a 9 años de prisión.
De igual forma, consta que el TSJ de Andalucía han desestimado un recurso de apelación y aunque han confirmado la sentencia --"por aplicación retroactiva de la norma vigente"-- han rebajado la pena de prisión. Así, ha pasado de 13 años, 6 meses y 1 día a 11 años y 1 día.
A la lista se suma el caso del TSJ de Castilla La Mancha, que ha rebajado la condena de un hombre que agredió sexualmente a una mujer en Ciudad Real. Así, ha pasado de tener que cumplir 9 años prisión a 8
A LA ESPERA DEL SUPREMO
Cabe recordar que las revisiones efectuadas por los jueces son susceptibles de recurso y que podrían llegar hasta el Tribunal Supremo (TS), la sede judicial llamada a fijar jurisprudencia. Los tribunales ya han rebajado al menos 12 condenas de abuso sexual por el 'sí es sí' y excarcelado a 5 personas
El Supremo tendría que estudiar la aplicación de la ley caso por caso, porque la posibilidad de llegar a acuerdos no jurisdiccionales desapareció de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), de modo que no podría celebrar un cónclave.
Según han explicado las citadas fuentes, las revisiones que se hagan de condenas firmes previas a 2015 podrán recurrirse directamente al Supremo, pero las que se refieran a casos posteriores solo podrán llegar al alto tribunal cuando se haya agotado la vía de apelación en instancias inferiores.
Al margen, otras voces jurídicas han confirmado que el Supremo tiene sobre la mesa varios recursos contra sentencias por delitos sexuales donde los condenados han solicitado que se considere el cambio operado por la 'ley del solo sí es sí', por lo que se espera que los magistrados se pronuncien en las próximas semanas.
Uno de los casos es una violación en Mallorca en el que la defensa ha presentado alegaciones solicitando una rebaja de la pena. Se trata de una condena de 12 años de cárcel, impuesta a un hombre de 53 años por una agresión sexual a su sobrina menor de edad en 2014 en Mallorca.
Está previsto, además, que el próximo 29 de noviembre el tribunal delibere sobre los recursos presentados contra la sentencia del 'caso Arandina', que absolvió a uno de los tres condenados y rebajó a cuatro y tres años de prisión las penas para los otros dos. Las fuentes consultadas han asegurado que el Supremo se ha dirigido a la defensa, a la Fiscalía y al resto de acusaciones para que se pronuncien sobre si consideran que la ley del 'Sí es sí' puede afectar a la sentencia.
REVISIONES SIN MODIFICACIÓN
Ante este escenario hay casos en los que algunos tribunales han revisado sentencias y no han aplicado aún modificaciones.
En la Audiencia Provincial de La Rioja se han revisado ya 54 sentencias tras la entrada vigor de la ley, pero hasta el momento ninguna ha sido modificada. En la Audiencia Provincial Cantabria se han recibido dos peticiones de revisión, pero no están resueltas todavía.
En Extremadura, las Audiencias Provinciales de Cáceres y Badajoz han comenzado a revisar de oficio todas las sentencias que podrían estar afectadas por la nueva ley. De momento, en la provincia de Cáceres no se ha detectado ningún caso en el que se tenga que revisar la pena de oficio, aunque podría pedirse por parte de los propios acusados.
CUATRO NUEVAS SENTENCIAS
Al margen de las revisiones de pena, los tribunales también han empezado a dictar sentencias relativas a casos de abusos sexuales. Hasta el momento han trascendido 4 casos.
Esta semana el TSJ de Galicia ha aplicado en un caso las nuevas penas recogidas en la 'ley del solo sí es sí', mientras que en la Audiencia Provincial de León se han aplicado en dos.
Por su parte, en la Audiencia Provincial de Barcelona han dictado una sentencia por un delito consumado de violación. Los magistrados han avisado que han impuesto una pena de 3 años y 10 meses de prisión que podía haber llegado a los 6 años de no ser por la ley impulsada por Igualdad.