El pasado día 1, el Congreso dio el primer paso para crear una comisión de investigación sobre los abusos sexuales a menores en el seno de Iglesia Católica que habían solicitado Unidas Podemos, Esquerra Republicana y EH Bildu, con el apoyo del PSOE. Esta propuesta no ha contado con el apoyo de la ultraderecha española. El Partido Popular y Vox han votado en contra.
Posteriormente, el pasado día 7, el PSOE registró la iniciativa con la que pretende que el Congreso dé el visto bueno a su planteamiento de que sea el Defensor del Pueblo el que conduzca la investigación de la pederastia en la Iglesia. La propuesta plantea que la institución que dirige Ángel Gabilondo se apoye en una “comisión independiente de asesoramiento” en sus trabajos, que estará compuesta por “expertos, representantes de las administraciones públicas, de las asociaciones en defensa de los afectados, así como de la propia Iglesia católica”. De esta forma, el presidente del Gobierno opta por esta vía frente a la del Congreso y señalando que los delitos “no pueden quedar impunes”.
Una inmensa mayoría de asociaciones de víctimas de abusos apoyan la propuesta del PSOE para que el Defensor del Pueblo sea quien encabece la investigación de la pederastia en la Iglesia.
Al tratar el tema de las agresiones sexuales a menores en el seno de la Iglesia Católica, hay que hacer un planteamiento en el que se conjugue la defensa de las víctimas, la libertad de religión y la libertad de expresión, que, a la vez, sea respetuoso con la sensibilidad de las victimas y la sensibilidad religiosa católica, y que preserve el principio fundamental de no criminalizar confundiendo la parte con el todo y, sobre todo, ante todo, y en ningún caso, criminalizar y hacer responsables a las victimas de las agresiones como forma de defender a los perpretadores, como ha pretendido hacer algún que otro cura delincuente. En este articulo me interesa, sobre todo, analizar la agresión sexual infantil a las víctimas y sacar a la luz algunas características específicas de los agresores eclesiásticos.
Abuso sexual es la pederastia. La pedofìlia es un caso de parafilia, pero no todos los pedófilos cometen abusos; es cuando los cometen que se convierten en pederastas.
En principio, nadie es responsable de su inclinación sexual, con la que nace, sino de sus comportamientos, más aún si son delictivos, como las otras desviaciones sexuales que buscan la excitación a través de actuaciones sexuales con menores. Los menores afectados, con mayor razón cuanta menos edad tengan, son coartados y abusados, de modo que se está ante ataques sexuales legalmente considerados delitos.
El tipo básico del delito de abusos sexuales a menores de 16 años está regulado en el artículo 183 del Código Penal español: “Art 183.1. El que realizare actos de carácter sexual con un menor de dieciséis años, será castigado como responsable de abuso sexual a un menor con la pena de prisión de dos a seis años”.
Los delitos de abusos y agresiones sexuales a menores fueron modificados en la reforma del Código Penal del año 2015. Una de las novedades fue la elevación de la edad del consentimiento sexual a los 16 años.
Aunque, por lo general, los abusadores sexuales religiosos no usan la fuerza física, sino la manipulación psicológica y el engaño, para implicar a los niños en actividades sexuales, no me cabe ninguna duda de que su comportamiento es violento. La violencia aplicada a los niños maltratados se refiere a “toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual” (Artículo 19 de la Convención sobre los Derechos del Niño, de 1989. UNICEF, 2006).
En el caso que nos ocupa en relación a representantes de la Iglesia Católica, la gravedad de la coacción se acentúa por el hecho de que la persona adulta agresora ostenta una posición de superioridad y autoridad manifiestas, lo cual coarta todavía más el ya de por si muy reducido margen de libertad de la víctima, y constituye una verdadera lacra social grave por cuanto que los abusadores pertenecen a una institución cuya misión es la opuesta a la que ejercen con sus delitos, que es proteger y educar a los niños.
Son delitos cometidos por parte de quienes, por los cargos que ocupan en la sociedad, habrían de responsabilizarse de su misión de guías espirituales, ejemplos de moralidad, educadores y agentes de protección al menor.¿Capisci?